Se incorpora un programa mínimo de vivienda para adecuarla a la realidad actual, suponiendo un importante progreso en la calidad
El Ayuntamiento de Madrid no permitirá construir viviendas de menos de 40 metros cuadrados con las nuevas normas urbanísticas que se aprobaron provisionalmente este lunes en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, informa Gazetinmadrid.com. Esta es una iniciativa con la que se pretende «atender mejor a las nuevas tendencias que demandan los ciudadanos, mejorando las condiciones de confort, accesibilidad, habitabilidad y salubridad en todo el parque de viviendas». El texto aprobado hoy se remitirá esta semana a la Comunidad de Madrid para que obtenga la luz verde definitiva del Consejo de Gobierno en un plazo máximo de cuatro meses.
Edificios y viviendas más confortables
Según la modificación de las normas urbanísticas aprobada hoy, las nuevas viviendas en la capital no podrán ser inferiores a 40 m2. Se incorpora un programa mínimo de vivienda para adecuarla a la realidad actual, suponiendo un importante progreso en la calidad, ya que establece unas condiciones mínimas más adecuadas y contemporáneas, desplazando a la Orden Ministerial de 1944 de aplicación hasta el momento.
Las principales mejoras se harán efectivas con medidas como que las terrazas y los cuartos de instalaciones en plantas de piso no computen a efectos de edificabilidad, potenciando los balcones y balconadas tanto en las construcciones nuevas como en las existentes. Se mejora la regulación de las zonas comunitarias y los tendederos, así como de los trasteros que ya no computarán a efectos de edificabilidad. No será necesaria la separación física entre cocina y tendedero respetando las superficies mínimas de ambas.
Otra de las cuestiones que regulan las nuevas normas urbanísticas y que no se contemplaba de manera expresa en la normativa actual es la transformación de local a vivienda para facilitar el empleo de locales abandonados y garantizar que las viviendas resultantes respeten las condiciones de habitabilidad, confort, seguridad, accesibilidad y salubridad exigibles a las viviendas de nueva construcción.
Además, a partir de ahora se permitirán los miradores con persiana. Y al no contar en edificabilidad los cuartos de instalaciones, se liberan de las azoteas de los edificios, para que sean transitables y utilizables. Estas medidas suponen un importante avance en la consecución de objetivos de mejora ambiental y puesta en marcha de mecanismos para la renovación y rehabilitación de las edificaciones.
El factor verde para incrementar la superficie vegetal
La renovación de las normas introduce un nuevo parámetro urbanístico: el factor verde. El objetivo que persigue es mejorar la sostenibilidad ambiental mediante el aumento de la superficie vegetal total en la edificación a través de cubiertas y fachadas verdes y, en el espacio libre de parcela, fomentar la plantación de arbolado y el ajardinamiento. De este modo se contribuirá a reducir el efecto de isla de calor y mejorar la calidad del aire en factores como la humedad relativa, la reducción del CO2 y las partículas contaminantes.
Los elementos de producción de energía sostenible o elementos constructivos de mejora de la eficiencia, así como los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible como las bicicletas no computarán a efectos de edificabilidad, y se contempla que a mayor superficie ‘vegetal’ se aplicará un factor verde que permitirá optimizar el espacio libre de parcela.
Regulación del coliving y el cohousing
Hasta la fecha, Madrid solo regulaba dos tipos de vivienda: la colectiva y la unifamiliar, pero gracias a la modificación de las normas urbanísticas, la capital introduce la regulación de dos nuevos modelos residenciales emergentes: el coliving y el cohousing.
Por un lado, se integran en la nueva categoría la clase de residencia compartida o coliving, donde a los residentes no necesariamente les unen vínculos sociales, religiosos o similares. Para esta tipología se crean las condiciones para la convivencia entre los residentes mediante una importante dotación de espacios comunes, con la correlativa reducción de las unidades de alojamiento privativas de las viviendas. Éstas no podrán ser inferiores a 15 m2 para una persona, ni a 10 m2 por persona cuando esté prevista para más de una persona.
Además, se regulan las viviendas colectivas tipo 2 o cohousing, donde prima la convivencia y relación entre los residentes, para la que los espacios comunes aumentan hasta abarcar todas las zonas de estancia y ocio. La superficie mínima de la vivienda será en este caso de 30 m2, compensando el resto hasta los 40 m2 con las zonas comunitarias.
«Más vida al centro»
La normativa se actualiza para «dar vida al centro y mejorar la ciudad consolidada, dotándola de proyectos respetuosos y viables». Se reescriben las reglas para «facilitar la intensificación de usos que permita generar más vivienda en el centro de Madrid». También se impulsa la recuperación de patios de manzana con soluciones bioclimáticas y alternativas para que se desarrollen nuevas actividades y se dinamice la economía. Las nuevas normas están encaminadas a respetar más los edificios, la arquitectura, el patrimonio y la historia de la ciudad.
«Mejores dotaciones y más rápidas»
La prioridad del Ayuntamiento es «implantar aquellas dotaciones que necesitan los barrios». Para eso, se flexibilizan los usos y se simplifica la implantación de equipamientos dotacionales básicos y singulares de forma inmediata. Esto da mucha más agilidad, por ejemplo, para poder instalar un centro cultural o deportivo, sin tener que redactar un plan especial.
De igual forma, se permite el destino transitorio de solares por un plazo máximo de cuatro años para que se puedan dedicar a zonas de esparcimiento y a la mejora del paisaje urbano hasta que se construya el dotacional previsto. Una de las mayores novedades es que se posibilita construir viviendas tuteladas y viviendas de integración social en suelos dotacionales, dirigidas a colectivos con necesidades específicas.
Pisos turísticos y otros usos terciarios
En lo referente a los usos terciarios, el objetivo es establecer unas reglas del juego claras. La modificación de las normas urbanísticas integra el Plan Especial de Hospedaje, incluido sus anillos, por lo que las Viviendas de Uso Turístico no experimentan cambio alguno y quedan sujetas a ese plan, actualmente en vigor y avalado por los tribunales, que exige acceso independiente a la vivienda, un aspecto que la Comunidad de Madrid, competente en esta materia, también ha solicitado mantener.
Otro aspecto importante es que se actualizan los aforos de los locales conforme al Código Técnico de la Edificación, una norma mucho más actual que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, y se elimina la exigencia obligatoria de dotación de aparcamiento en aquellas zonas donde no se permite llegar coches, contribuyendo a potenciar otros modos de movilidad más sostenible.
«Más actividad, más empleo»
En cuanto a las cocinas agrupadas (llamadas popularmente ‘cocinas fnatasma’), se prioriza su implantación en polígonos industriales y se limita su actividad en zonas residenciales, al igual que ocurre con el uso almacenaje con reparto a domicilio y la logística, marcando un criterio claro en cuanto a su posible impacto en el entorno. Así, se limita su implantación en ámbitos residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 m2, con la obligación de que tengan en el interior del establecimiento las zonas de espera, carga y descarga y estancia de los transportistas. El máximo de cocinas permitidas será de ocho. Además, se exigirá un estudio de movilidad para conocer el impacto que tendrá en la zona.
El Avance de modificación de las normas urbanísticas se aprobó inicialmente el 29 de julio de 2021 para someterse a información pública. El anuncio del acuerdo se publicó en el BOCM el 16 de agosto de ese año. Desde entonces, se suspendieron las licencias para la realización de actos de uso del suelo, construcción y edificación y la implantación de actividades de cocinas agrupadas y de almacenaje con reparto a domicilio y logístico.
«Más sencillez y seguridad jurídica»
En las nuevas normas se simplifica el lenguaje burocrático utilizando uno más comprensible y se unifican todos los criterios interpretativos publicados en dos décadas sobre artículos del plan general, es decir, se da seguridad jurídica.
Además, se adaptan los tiempos de la administración a los de la sociedad, eliminando trabas y trámites reiterativos como ocurre, por ejemplo, con los planes especiales de control urbanístico ambiental (PECUAU), que incluyen las mismas comprobaciones que se hacen luego en el proceso de licencia. Por eso, se elimina esta exigencia de PECUAU sin rebajar los requisitos medioambientales ni los controles que ejercía, que seguirán haciéndose. Esto supone ganar una media de año y medio de tiempo a la hora de tener el visto bueno a un proyecto.